Expertos aclaran la posible compatibilidad entre la pensión de incapacidad permanente y el subsidio para mayores de 52 años
La pensión de incapacidad permanente es una pensión contributiva que se puede compatibilizar con diferentes actividades laborales, en función de cada grado de invalidez reconocido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En este sentido, también existen algunas ayudas económicas compatibles con la pensión de incapacidad.
Hay que recordar que la pensión de incapacidad permanente tiene como objetivo paliar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador a causa de una lesión o enfermedad, que reduce o anula su capacidad laboral. Así, la compatibilidad laboral depende, principalmente, del grado de invalidez que haya reconocido inicialmente el INSS.
En este punto, muchos ciudadanos se cuestionan si la pensión de incapacidad permanente es compatible con otras ayudas como la prestación por desempleo, subsidio para mayores de 52 años o subsidio para mayores de 45 años. Es decir, ayudas económicas que derivan de la actividad económica complementaria.
Incapacidad permanente y subsidio para mayores de 52 años
Los expertos de ‘CampmanyAbogados‘ explican que el subsidio para mayores de 52 años no es una ayuda incompatible al 100% con la incapacidad permanente. Sin embargo, en un muy pocos casos es posible percibir este subsidio por desempleo al mismo tiempo que una pensión de incapacidad permanente.
Una de las trabas importantes que establece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para esta compatibilidad es que «exige que la persona beneficiaria de la incapacidad permanente haya cotizado 15 años después de que obtuviera dicha pensión del INSS (en un trabajo compatible con sus lesiones)».
Igualmente, las personas beneficiarias de incapacidad permanente también tendrían que cumplir todos estos requisitos para tener derecho a cobrar el subsidio para mayores de 52 años:
- Haber agotado el derecho a recibir una prestación contributiva por desempleo.
- Estar en paro.
- Tener al menos 52 años de edad, sin haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante, al menos, un mes desde el agotamiento de la prestación contributiva. Se debe mantener dicha inscripción durante todo el periodo que dura la percepción del subsidio.
- Las personas con incapacidad permanente que quieran cobrar el subsidio para mayores de 52 años también deben suscribir el compromiso de actividad. Es decir, comprometerse a buscar trabajo de forma activa.
Finalmente, también es necesario acreditar que se carece de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.
Subsidio para mayores de 45 años
Por otra parte, encontramos el subsidio para mayores de 45 años. Se trata de una ayuda económica del SEPE que se destina a las personas en paro que tienen al menos 45 años de edad y no presentan responsabilidades familiares.
En este caso, se trata de una ayuda no contributiva menos exigente que el subsidio para mayores de 52 años. Al respecto, los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘ manifiestan que «sí se podría conceder a usuarios de incapacidad permanente cuando estos cumplan los requisitos requeridos para el propio subsidio, aunque solamente si su pensión (o la suma de sus ingresos) no supera el 75% del salario mínimo interprofesional. De este modo, y por el contrario, aquí sí estaríamos ante una de las ayudas compatibles con la incapacidad».
Fuente del artículo: https://www.tododisca.com/ayudas-compatibles-incapacidad-permanente-subsidio-mayores-52-anos/
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